Ayudas para personas desempleadas: contributivas (paro) y los diferentes subsidios
Os recomendamos esta página Web www.citapreviainem.es donde se explica los requisitos de todas las ayudas publicas dirigidas a personas desempleadas. Lo primero que tenemos que conocer es que, una vez agotado nuestra prestación por desempleo (paro) hay una serie de subsidios a los que podemos optar siempre y cuando cumplamos unos determinados requisitos, eso sí, cada vez más restrictivos.
El último recurso en Castilla y León para personas en situación de especial vulnerabilidad: Renta Garantizada de Ciudadanía
Es el último recurso al que tendremos acceso, pero aún siendo una ayuda de emergencia social, su tramitación se sitúa en torno a 6 meses como mínimo. Entre sus requisitos está la de carecer de cualquier medio económico, y éso incluye tener por ejemplo un coche que esté valorado en más de 5.000 euros. Sus requisitos son tan restrictivos, que desde la Asamblea de Parados/as de Burgos hemos solicitado varias veces la flexibilización de unos requisitos que deja fuera a muchas personas sin recursos económicos.
Web oficial:
Mas información:
En los CEAS de Burgos y en la Gerencia de Servicios Sociales de Burgos:
Glorieta de Bilbao, 4 - C.P.: 09006 - Burgos (Burgos)
Teléfono: 947 264 642
Fax: 947 214 467
Para consultar las condiciones a cumplir:
Hay que demostrar CARENCIA DE MEDIOS ECONÓMICOS (Art. 12 Decreto Legislativo 1/2014 – BOCyL 3-3-2014)
Se entenderá que existe una situación de carencia de medios económicos y patrimoniales cuando concurran todas y cada una de las siguientes circunstancias:
o La suma de los ingresos mensuales de la unidad familiar o de convivencia no supera una mensualidad de la renta que en su caso pudiera corresponder
Excepción:
• Asignaciones por hijo a cargo menor de 18 años, prestaciones de dependencia y pago único por
nacimiento o adopción
No se computan los siguientes ingresos
• Ingresos de cursos de formación y de contratos de formación para jóvenes
• Becas y ayudas al estudio y ayudas a jóvenes del sistema de protección
• La retribución por acogimiento en familia extensa de menores en protección.
• Ayudas de emergencia social y ayudas no periódicas y finalistas
• Pensiones compensatorias y/o de alimentos reconocidas judicialmente y que NO hayan sido
satisfechas, siempre que exista reclamación judicial.
• Ingresos inferiores a 426€ procedentes de actividad laboral desarrolladas dentro del plazo de 6
meses.
o La suma del patrimonio de la unidad familiar o de convivencia no supera una anualidad de renta que en su caso
pudiera corresponder (incluyendo ingresos y gastos)
• La vivienda habitual y su ajuar en lo que no tengan carácter suntuario, incluyendo un garaje y un
trastero en las viviendas urbanas y la parcela rústica anexa en viviendas rústicas
Excepción: No se computa como patrimonio
• Los bienes muebles e inmuebles que hayan estado afectos a una actividad económica durante
seis meses en los dos últimos años no se computan como patrimonio durante un periodo de un
año
• Bienes inmuebles declarados oficialmente en estado de ruina.
• Terrenos rústicos ubicados en municipios de menos de 2.000 hab. de valor catastral inferior a
6.000€. Los bienes inmuebles urbanos ubicados en estos municipios y de valor inferior a esa
cuantía, se computan al 50%.
• Viviendas de mujeres víctimas de violencia de gen. Que hayan tenido que abandonarla por este
motivo y residan en otro que no es de su propiedad, durante el primer año no se computa
pudiendo prorrogarse otro año más.
• Vehículos a motor de valor inferior a 5.000 y a 10.000€ en caso de vehículos adaptados.
• Los productos financieros de difícil o imposible realización si ha habido acciones judiciales o
extrajudiciales (Preferentes)
o Se consideran medios económicos suficientes cuando algún miembro de la unidad familiar adquiere bienes o servicios o cue que implican la existencia de recursos diferentes de los declarados.
Glorieta de Bilbao, 4 - C.P.: 09006 - Burgos (Burgos)
Teléfono: 947 264 642
Fax: 947 214 467
Ayudas y bonificaciones del Ayuntamiento de Burgos
Estos son algunos ejemplos:
-Centros de Día para niños gratuitos para mujeres con niños que deseen realizar cursos de formación y no tengan con quién dejar a sus hij@s (ordenanza 405)
-Centros de Día para niños gratuitos para mujeres con niños que deseen realizar cursos de formación y no tengan con quién dejar a sus hij@s (ordenanza 405)
-Bonificaciones del 100% en tarjeta deportiva (ordenanza 217)
-Actividades y cursos gratuitos en centros cívicos (ordenanza 401)
¡Infórmate, es tu derecho!
Fuente: Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades
http://www.aytoburgos.es/servicios-sociales/centros-de-accion-social-ceas/servicios-sociales-basicos-los-ceas/en-que-consisten-los-ceas
http://www.aytoburgos.es/servicios-sociales/centros-de-accion-social-ceas/servicios-sociales-basicos-los-ceas/en-que-consisten-los-ceas
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comenta esta entrada